Profesionales autónomos, atentos, ¡esto, os interesa!
El certificado digital, obligatorio, a partir del 01 de octubre de 2018
A partir de la citada fecha, los trabajadores por cuenta propia, estarán obligados a realizar todos los trámites relativos a la Seguridad Social a través de su Sede Electrónica
Según se publicó en el BOE, el pasado mes de marzo, los trabajadores por cuenta propia estarán obligados a realizar cualquier trámite con la Seguridad Social a través de la Sede Electrónica, a diferencia de como lo venían haciendo hasta ahora:
- De manera presencial con cita previa en cualquier sede de la Administración o a través de un autorizado en Sistema RED.
Gestiones telemáticas
Será obligatorio, a partir de ahora, que todos los trámites de los autónomos con la Seguridad Social se hagan de forma telemática.
Vía electrónica se tramitarán, por tanto, aquellos trámites relacionados con la afiliación, cotización y recaudación de cuotas, accediendo a la Sede Electrónica de la Seguridad Social e identificándose de forma electrónica.
¿Cómo acceder a la Sede Electrónica?
- A través de un Certificado Digital, solicitándolo a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, en caso de no disponer de él.
- Darse de alta en el sistema Cl@ve si aún no se ha obtenido el Certificado Digital.
- Mediante el DNIe si se dispone de un lector de tarjetas inteligentes conectado al ordenador.
La figura del autorizado RED
Para aquellos que prefieran delegar en un experto los trámites citados en apartados anteriores, pueden utilizar la figura del autorizado RED.
El sistema RED es un servicio, ofrecido por la Tesorería de la Seguridad Social, para empresas y profesionales, que facilita el intercambio de información entre las dos partes.
Es utilizado para la realización de trámites relacionados con cotizaciones, ingresos de cuotas empresariales, altas, bajas, partes de bajas de IT, variación de datos, entre otros.
Normalmente, asesorías que se encargan de la gestión laboral de varias empresas, delegan en un asesor laboral toda tramitación a la que hacemos referencia además de la recepción de las notificaciones se Seguridad Social, que ya no llegarán a través del correo ordinario sino de manera telemática.
Notificaciones y Sede Electrónica
Como vemos, las notificaciones ya no llegarán por correo ordinario, sino de manera telemática, teniendo que acceder a ellas mediante sistema Cl@ve o Certificado digital.
De esta manera, vía electrónica, remitirán reclamaciones de deuda y providencias de apremio, actos del procedimiento administrativo de aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social… entre otros.
Para ello, y en caso de no delegar esta cuestión en una asesoría, es muy importante mantener los datos actualizados y entrar en el buzón de forma periódica (además de disponer de ciertas herramientas informáticas bien preparadas en los dispositivos), ya que transcurrido el tiempo, si una notificación no es leída en plazo, se da por efectuada la notificación al autónomo y los plazos legales inician su curso pudiendo llegar a encontrarnos, por ejemplo, con sanciones sin darnos cuenta.
Cabe destacar, que, para aquellos que ya utilizaban el servicio de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, teniendo ya delegados estos trámites en una asesoría, no supondrá ningún cambio.
Desde gestoría Gavà te animamos a que nos delegues estos trámites ¡y que mejor manera que hacerlo que con nosotros! ya que, en este caso, la solicitud del Certificado Digital sería gratuita.
Fuente: Gestoria Gavà