Después de tanta espera por fin el Consejo de Ministros aprobó con fecha 1 de agosto del 2014 el de Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competividad y la eficiencia , la cuál incluye un conjunto de medidas por las que se pretende rebajar la carga fiscal de los contribuyentes, sobre todos las rentas medias y bajas, se favorece el ahorro y la inversión, se impulsa la competividad de las empresas y el crecimiento económico.
La nueva reforma se estructura básicamente en tres proyectos , reforma de IRPF y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, reforma del Impuesto Sobre Sociedades y modificación del IVA. En este artículo nos centraremos en explicar las novedades en el marco del IRPF.
IRPF
Tramos: Se reducen el número de tramos, de los siete actuales a cinco, como los tipos aplicables. En el año 2016 se efectúa una segunda rebaja de los tipos marginales intensificándose la minoración de la carga fiscal, detallamos cuadro explicativo:
TIPOS |
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B.I. ( euros anuales ) |
Año 2015 |
Año 2016 |
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Hasta 12.450 |
20% |
19% |
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12.420 – 20.200 |
25% |
24% |
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20.200 – 35.200 |
31% |
30% |
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35.200 – 60.000 |
39% |
37% |
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Más de 60.000 |
47% |
45% |
Exención de plusvalías para mayores de 65 años: Nueva exención para los mayores de 65 años por las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de cualquier bien de su patrimonio , siempre que el importe obtenido ,con el límite máximo de 240.000 €, se reinvierta en la constitución de rentas vitalicias que complementen la pensión.
Indemnizaciones: Se aumenta el mínimo exento hasta los 180.000 €, con efectos desde el 1 de agosto del 2014, y se permite la reducción del 30% incluso si la indemnización se percibe de forma fraccionada. Recordamos que el borrador de la reforma fiscal , la indemnización exenta era de 2.000 euros por año trabajado.
Alquiler de vivienda: Se mantiene el porcentaje actual del 60% de exención de tributación en el IRPF por las rentas de alquiler obtenidas por los propietarios , y no el 50% que inicialmente propusieron en el anteproyecto. En cambio, se elimina la exención total que existe actualmente para los arrendadores que alquilan su vivienda a inquilinos menores de 30 años en los contratos que se firmen a partir del año 2015.
Dividendos: Se elimina la exención hasta los primeros 1.500 € a partir del año 2015.
Planes de Ahorro: Emergen los nuevos Plan ahorro 5, se reducen de 10 a 5 años la duración de los planes de ahorro individuales , la gran ventaja es que los rendimientos que generen disfrutarán de la exención fiscal siempre y cuando la inversión se mantenga con un mínimo de 5 años, por este modelo el contribuyente ahorrará en la tributación de la renta de capital que ahora va del 21% al 27%.
Planes de Pensiones: La tributación de los planes de pensiones se mantiene inalterable, la novedad es que a partir del año 2015 se pone como límite máximo de aportación con derecho a la reducción fiscal la cantidad de 8.000 euros frente a los 10.000 euros vigentes con carácter general, o los 12.500 euros para los contribuyentes mayores de 50 años. Además los contribuyentes podrán rescatar sus planes antes de jubilarse si han transcurrido diez años desde su apertura.
Dación en Pago: La ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de la vivienda habitual no tributará por IRPF ni por la plusvalia municipal, siempre que el propietario no disponga de otros bienes con los que pudiera liquidar la deuda. Esta medida tendrá efectos retroactivos a partir del 1 de enero del 2014 y sobre ejercicios anteriores no prescritos.
Fuente: Gestoria Gava